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Buenos Aires, Solidaridad y repudio AIH a desalojo, represión policial y muertes en Villa Soldati

Frente a los últimos acontecimientos vividos por los vecinos de Villa Soldati, el pasado día 7 de diciembre, donde de la actuación violenta y desproporcionada de la policía terminó en un enfrentamiento entre esta y los vecinos, del cual resultaron 3 muertos y un sin número de heridos, la AIH quiere expresar su enérgica condena a la represión y total solidaridad con las familias de las víctimas mortales, así como con todos los ocupantes del parque Indoamericano amenazados por el desalojo forzoso, bajo la constante presión y represión de la policía y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

La Alianza Internacional de Habitantes (AIH), red internacional de organizaciones sociales involucrada desde hace años en la defensa del derecho a la vivienda, expresa su solidaridad para con los vecinos y familiares de las víctimas de Villa Soldati y condena vehementemente la violación de derechos humanos, la violencia, represión policial y muertes, que resultaran de la acción policial, por parte del Gobierno de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Frente a los últimos acontecimientos vividos por los vecinos de Villa Soldati, el pasado día 7 de diciembre, donde de la actuación violenta y desproporcionada de la policía terminó en un enfrentamiento entre esta y los vecinos, del cual resultaron 3 muertos y un sin número de heridos, la AIH quiere expresar su enérgica condena a la represión y total solidaridad con las familias de las víctimas mortales, así como con todos los ocupantes del parque Indoamericano amenazados por el desalojo forzoso, bajo la constante presión y represión de la policía y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Además, llamar la atención del Gobierno de la ciudad que de continuar con el desalojo de estas personas, la mayoría de las cuales son niños, se encontrarán en situación de calle.

Por lo que le pedimos una solución habitacional definitiva para las familias desalojadas en Villa Soldati y la entrega de subsidios dignos hasta el alcanzar el objetivo, que sólo puede ser una vivienda.

Con este propósito le recordamos que Argentina ha ratificado y por tanto tiene la obligación legal de respetar los Tratados y Convenciones internacionales que reconocen y protegen el derecho a la vivienda, siendo el desalojo sin realojo acordado una violación de:

  • la Declaración Universal sobre Derechos Humanos (Art. 25), adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 de Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948;
  • el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) (Art.11), ratificado por Argentina el 19 de febrero de 1968;
  • la Convención sobre los Derechos del Niño (Art.27), ratificado por Argentina el 29 de junio de 1990;
  • la Convención por la eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (Art. 14 y 15), ratificado por Argentina el 17 de julio de 1980;
  • la Carta de la Organización de los Estados Americanos (Art. 34, k), ratificada por Argentina el 19 de enero de 1956;
  • la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Art. 26), ratificada por Argentina el 14 de augusto de 1984;
  • el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en el Área de Derecho Económico, Social y Cultural, ratificado por Argentina el 17 de noviembre de 1988.

Subrayamos particularmente los Comentarios Generales N. 4 y N. 7 del Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos que afirman que cualquier forma de desalojo forzado es incompatible con los requisitos del PIDESC. Subrayamos que el respeto de esta normatividad internacional, incluso las Observaciones Generales del Comité DESC que son interpretaciones autoritativas del PIDESC del cual Argentina es parte, tiene valor jurídico predominante sobre otras normativas,

Además:

Considerando también que la Constitución Argentina en su art. 14 bis defiende los derechos de los ciudadanos, entre los cuales se encuentra el derecho a tener una vivienda digna.

Como lo subrayado también por la misión de AGFE de UN-Hábitat a Buenos Aires de agosto de 2009, el desalojo sin realojo acordado es una violación de la normativa legal y todas las instituciones de Argentina están obligadas a respetar, proteger, promover y garantizar estos derechos para toda la población y a rendir cuentas periódicamente a las instancias internacionales sobre las medidas adoptada para garantizar su cumplimiento.

Por lo tanto le solicitamos tener en cuenta que esta normativa siempre es vinculante y predominante en Argentina con respecto de otros derechos y, por esta consideración, le exhortamos ejercer su competencia por el respeto integral negando cualquier apoyo para desalojar de sus viviendas a las familias involucradas.

Por eso, se da plena solidaridad a las familias afectadas por esta ordenanza, se solicita el alto a todo desalojo y se solicita encontrar una solución habitacional definitiva para todos los que viven en el inmueble, de acuerdo a los estándares internacionales en materia de vivienda, a través de la abertura de una verdadera mesa de diálogo.

Además, se ordene una completa e imparcial investigación sobre los asesinatos y violencias, y lleven a los responsables a juicio

De lo contrario, no dudaremos en informar a todas las autoridades nacionales y internacionales para llevar a cabo las medidas necesarias para cumplir con el respeto de las leyes de protección del derecho a la vivienda.

Agradecemos mucho su atención a la presente y le solicitamos tenernos informados sobre cualquier acción adoptada en este sentido.

Cristina Reynals

Antena Sur AIH y

Campaña Cero Desalojo

Pedro Franco

Coordinador AIH y

Campaña Cero Desalojo para América Latina y Caribe

Cesare Ottolini

Coordinador global AIH

Riferimenti geografici

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